ARTÍCULOS

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Reglamento para Publicaciones

“Diario Judicial + Derecho Informático”

Artículo 1. Escritores.

Quienes deseen participar de la redacción de artículos deberán ser aficionados a temáticas afines al Derecho y la informática. No es requisito poseer certificación ni titulación terciaria, ni universitaria para participar de esta convocatoria.

Artículo 2. Ejes.

Los artículos deberán encuadrar en alguno de los siguientes ejes temáticos:

-Perspectivas de incidencias relativas al uso de las tecnologías en las investigaciones

-Procedimientos vinculados a la obtención, presentación y valoración de evidencia digital o prueba electrónica

-Problematización de los desafíos del cambio tecnológico en los procesos judiciales o administrativos.

Artículo 3. Admisibilidad.

A.- Plazo. El artículo deberá ser enviado en adjunto a las casillas de correo electrónico articulos@derechoinformatico.ar y ponencias@diariojudicial.com.ar

 Deberá consignarse en el cuerpo del mensaje Nombre completo del autor o los autores, lugar de residencia y numero de contacto

B.- La recepción de los mismos será confirmada por ese mismo medio, sin que esto implique aceptación del artículo o compromiso de publicación. En el correo electrónico se deberá especificar nombre y apellido completos, número de documento, domicilio, teléfono de contacto personal, título e institución que lo expidió.

C.- Requisitos de admisibilidad sustancial. El artículo deberá ser original e inédito, de producción propia en su totalidad y de autoría individual, en coautoría de un máximo de dos personas

D.- Requisitos de admisibilidad formal. El artículo deberá:

(1) ser enviado en formato “.doc”;

(2) tener una extensión mínima de seis (6) páginas y una máxima de quince (15) páginas;

(3) contener el título, un abstract de no más de diez líneas, el nombre completo del autor o los autores, y en una nota al pie una breve biografía de los mismos, en la que también deberán consignar su casilla de correo electrónico.

(4) ser redactado en hoja tamaño A4, en letra tipo Arial tamaño 12 pts con interlineado 1,5 pts. en texto justificado; y para el caso de notas en el texto, las mismas deberán estar al pie, numeradas de corrido, y en letra tipo Arial tamaño 10 con interlineado sencillo y con su texto justificado;

(5) configurarse con márgenes de dos centímetros por cada lado.

Artículo 3. Citas.

  1. Libros. Deberán contener los apellidos y nombres de los autores, título de la obra, número de edición, traductor si lo hubiere, editorial, lugar de impresión, año, tomo si lo hubiere, y página.
  2. Artículos de revistas científicas. Deberá contener los apellidos y nombres de los autores, título del artículo, nombre de la revista, responsables de selección y edición, traductor si lo hubiere, editorial, lugar de impresión, año, tomo si lo hubiere, y página.
  3. Artículos web. Se deberá consignar el o los apellidos del autor o los autores, el título del artículo, el link de consulta, y la fecha de la última consulta.
  4. Otros. Cualquier otro material que se haya utilizado, deberá ser consignado con la mayor cantidad de datos posibles para ser hallado y cotejado.

Artículo 4. Criterios de admisibilidad.

El comité de admisibilidad aceptará o rechazará los artículos utilizando criterios de pertinencia y excelencia académica. Para el caso de que el comité estime que el artículo debe adaptar alguno de sus puntos para ser publicado, se sugerirá al autor esta circunstancia, haciéndole saber la nueva fecha límite de entrega. Para el caso de que el autor esté de acuerdo con las sugerencias recibidas, podrá reenviar el artículo modificado antes de la fecha límite notificada.

Artículo 5. Publicación.

La admisión del artículo permitirá al equipo de Diario Judicial y Derecho Informático publicarlo. El autor se compromete a no publicar el artículo remitido ni a darle difusión fuera de esta convocatoria.

Artículo 6.

Plazos Los artículos deberán ser enviados a las casillas consignadas en el artículo 3 apartado a hasta el 1 de mayo de 2021 inclusive.

La fecha límite para la aceptación o rechazo de los mismos será hasta el 1 de mayo de 2021 inclusive.

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